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Nuevas Tarifas

La Federación Costarricense de Tenis de Mesa en acatamiento de lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, y lo dispuesto en la Ley del Impuesto del Valor Agregado (IVA) en su artículo 1, inciso 2, sufijo c que establece lo siguiente

“c) Los siguientes servicios cuando se presten en el territorio de la República:

  • Los relacionados con actividades culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas, juegos de azar o similares, así como las exposiciones comerciales, incluyendo los servicios de organización de estos y los demás servicios accesorios a los anteriores.”

Informa lo siguiente: Que debido a que la entrada en vigencia dicha ley, y al ser eliminado el beneficio que se gozaban en la anterior ley del Impuesto sobre las Ventas las instituciones declaradas de Utilidad Pública nos vemos en la obligación de cobrar el Impuesto del Valor Agregado en nuestras tarifas y trasladarlo al Ministerio de Hacienda. Por lo tanto las nuevas tarifas serán:

FECOTEME TARIFAS

Sin embargo, hacemos la salvedad que cuando los servicios son adquiridos por los Comités Cantonales de Deporte y Recreación y/o las Universidades del Estado, estarán exentas pero deben ser estas instituciones las que realicen la adquisición y pago del servicio.

NOTA: De igual manera para los pagos en la Sala Nacional de Tenis de Mesa, solicitamos que a partir de ahora y en la medida de lo posible, los pagos sean con tarjeta.

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